TANATORIO DEL SURESTE

SERVICIO DE GESTORÍA EN

NUESTRO TANATORIO DE LA M30

El fallecimiento de un ser querido requiere una serie de trámites que se deben gestionar. Y en momentos tan difíciles el tener que tramitar estos papeles supone un malestar, a causa del desconocimiento y de la abrumación de la situación. Por este motivo, en nuestro tanatorio de la M30 queremos ofrecer un óptimo servicio de gestoría para poder ayudar a todas las familias en esta situación y ser un gran apoyo en estos momentos.

Nuestro servicio de gestoría funeraria le agilizará y facilitará la gestión de todos los trámites pertinentes dentro del ámbito funerario y que resultan necesarios, llegado el momento de tener que tramitar una defunción y en el que se deben tomar, en ocasiones, decisiones de manera rápida.

Trámites funerarios que gestionan nuestro tanatorio de la M30 junto con los familiares

  • Certificado del fallecimiento. Un certificado que realiza el médico tras el fallecimiento. En el caso de que el fallecido haya dejado por escrito su voluntad de donar los órganos, se deberá comunicar en ese mismo momento.

El cuerpo no se podrá trasladar desde nuestro tanatorio de la M30 hasta que no se cuente con este documento, ni llevar a cabo las prácticas de tanatopraxia y tanatoestética.

  • Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil. Un paso imprescindible para poder realizar el entierro o, si es el caso, la incineración. Por lo que nos encargamos de realizar dicho trámite y obtener la partida de defunción.

  • Baja de la Seguridad Social. Una gestión necesaria y obligatoria para poder regular la situación del difunto. Este trámite se debe realizar en un plazo máximo de 30 días, desde la fecha del fallecimiento.

  • Seguro de vida. Podemos realizar el trámite requerido en el Ministerio de Justicia, para de esta manera poder solicitar las indemnizaciones correspondientes al tipo de póliza de seguro del fallecido.

  • Certificado de últimas voluntades. Se debe comprobar si el difunto contaba con un testamento o no, para poder realizar las gestiones necesarias a la hora de repartir la herencia.

  • Te asesoraremos sobre cómo tramitar el Impuesto de Sucesiones de cada Comunidad Autónoma en la que se ha producido la muerte. Un trámite que se debe realizar en un plazo de seis meses tras el fallecimiento, y en el que se tendrá que rellenar una solicitud y presentar la documentación requerida.

Nuestro tanatorio de la M30 estará a su disposición desde el primer momento en el que requiera nuestros servicios. Y nuestro papel es ayudarle con los trámites funerarios que se deben llevar a cabo tras el fallecimiento. Y es que en nuestra funeraria nos encargamos de cuidarle y acompañarle en todo momento, ya sea en lo personal como en los trámites que se necesitan gestionar tras un fallecimiento.

Disponemos de despacho de abogados

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